Capacitación fiscal y contable actualizada para contadores y empresas — cursos, herramientas en Excel y asesoría con amplia experiencia
Un paso importante hacia su tranquilidad
OBJETIVO
Al finalizar el curso, el participante conocerá el marco normativo antilavado vigente a partir del Acuerdo 115/2026, identificará si su actividad o la de su cliente constituye una actividad vulnerable, aplicará correctamente las obligaciones del Enfoque Basado en Riesgos, el manual de políticas, la capacitación anual, los mecanismos automatizados y la auditoría, y sabrá elaborar y enviar correctamente un aviso ante el SAT conforme al nuevo calendario de exigibilidad

DIRIGIDO A:
• Contadores públicos y despachos contables que asesoran a sujetos obligados.
• Personas físicas y morales que realizan alguna de las 17 actividades vulnerables del Art. 17 LFPIORPI.
• Oficiales de cumplimiento y encargados de presentar avisos ante el SAT.
• Desarrolladores inmobiliarios, dado que esta actividad se incorporó como actividad vulnerable en la reforma.
Ponente:
L.C.P. y MF Jesús Miguel Alarcón Díaz
Contador Público y Licenciado en Derecho, con doctorado en Ciencias Fiscales y Maestría en Administración de Empresas, Finanzas, Docente en Maestrías...
PUNTOS IMPORTANTES DE ESTE CURSO:
El 7 de agosto de 2026 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo 115/2026, que reforma, adiciona y deroga las Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (LFPIORPI). Este Acuerdo es el tercer y más operativo eslabón de la reforma antilavado iniciada con la reforma a la Ley (DOF 16 de julio de 2025) y continuada con la reforma a su Reglamento (DOF 27 de marzo de 2026): incorpora catorce nuevos capítulos y anexos, y traslada el eje del cumplimiento de lo formal hacia la administración efectiva del riesgo. Este curso explica, de forma práctica, qué cambia exactamente para el contador y para cualquier persona obligada a presentar avisos ante el SAT.
T E M A R I O
I. Marco Normativo Actualizado de la LFPIORPI
– Antecedentes: la reforma a la Ley (DOF 16 de julio de 2025) y sus 5 nuevas fracciones al Art. 18.
– La reforma al Reglamento (DOF 27 de marzo de 2026): PEP, auditoría, aviso de 24 horas y autocorrección.
– El Acuerdo 115/2026 (DOF 7 de agosto de 2026): qué reforma, adiciona y deroga de las Reglas de 2013.
– Calendario de entrada en vigor y exigibilidad escalonada de cada obligación.
II. Actividades Vulnerables y Sujetos Obligados
– Las 17 actividades vulnerables del Art. 17 LFPIORPI.
– Umbrales de identificación y de aviso, expresados en UMA.
– La Fracción V Bis: el desarrollo inmobiliario como nueva actividad vulnerable.
– Identificación de clientes y usuarios: datos y documentos exigibles.
III. Las Nuevas Obligaciones del Art. 18 LFPIORPI ya Reglamentadas
– Enfoque Basado en Riesgos (EBR): metodología de clasificación de clientes.
– Manual de políticas y procedimientos internos.
– Capacitación anual obligatoria del personal.
– Mecanismos automatizados con perfil transaccional.
– Auditoría anual, interna o externa (Art. 12 Bis del Reglamento).
– Conservación de expedientes: el nuevo plazo de 5 a 10 años.
IV. Beneficiario Controlador y Personas Políticamente Expuestas (PEP)
– Ampliación del concepto de beneficiario controlador: control efectivo, incluso indirecto.
– El nuevo capítulo de PEP incorporado al Reglamento.
– Monitoreo reforzado aplicable a clientes con calidad de PEP.
V. Elaboración y Envío de Avisos ante el SAT
– Qué es un aviso y en qué momento nace la obligación de presentarlo.
– El aviso de 24 horas por operación sospechosa (Art. 7 Bis del Reglamento).
– Uso práctico del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD).
– Errores comunes en el llenado y envío, y cómo evitarlos.
VI. Lo que Trae el Acuerdo 115/2026 en Materia de Reglas de Carácter General
– Los catorce nuevos capítulos y anexos incorporados a las Reglas.
– Consolidación de las facultades de supervisión y sanción del SAT y la UIF.
– Uso y presunción de veracidad de las bases de datos en poder de la autoridad.
– La autocorrección como mecanismo para regularizar incumplimientos (Art. 55 Bis del Reglamento).
– Calendario de exigibilidad: 1 de marzo de 2027, 1 de junio de 2027, y auditoría a partir del ejercicio 2028.
VII. Sanciones y Riesgos del Incumplimiento
– Multas por omitir la presentación de avisos: de 10,000 a 65,000 UMA.
– Multas por incumplimiento de las demás obligaciones: de 200 a 2,000 UMA.
– Clausura temporal o definitiva del sujeto obligado.
– Responsabilidad de socios, administradores y del propio asesor externo.
BENEFICIOS AL INSCRIBIRTE A ESTE CURSO
✅ Herramienta en Excel u hoja de apoyo
✅ Consultoría Post-Curso: 35 días de soporte vía correo para resolver tus dudas reales.
✅ Acceso a la Grabación: Repasa cada detalle durante 35 días.
✅ Material y Constancia: Guía PDF completa y reconocimiento con validez.

